Resolución N° 610/08/2000
Nro de Expediente:
2230-141677-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declarar exonerado al Club Banco República, al amparo del Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos padrones, ubicaciones y porcentajes de establecen en estas actuaciones por los ejercicios 2005 y 2006.

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Banco República, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 149.801/001, 174.419/001, 31.270, 188.176, 174.420/001 y 174.416/001 ubicados en Juan B. Blanco No. 1285 y 3247, Cno. de los Hormigueros No. 3248, Alejandro Chucarro No. 1330, Buxareo No. 1115 y Juan B. Blanco No. 1289 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades siendo la última otorgada por Resolución No. 873/05/2000 de 16 de junio de 2005;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dichos inmuebles les corresponde un porcentaje de exoneración del 100% para los padrones Nos. 174.419/001, 31.270, 188.176 y 174.420/001, del 90% para el padrón No. 149.801/001 y del 88% para el padrón No. 174.416/001 por concepto de Contribución Inmobiliaria de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por los ejercicios 2005 y 2006;
        3o.) que respecto a Tasa General Municipal el Servicio dictó Resolución No. 017/2007 de 20/11/2007 por el ejercicio 2006;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 1776/96 se aprobó la reglamentación del Art. 23 del Decreto Departamental No. 26.949 delegando en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la aprobación de las exoneraciones de pago de la Tasa General Municipal que se soliciten por primera vez por parte de las Instituciones Deportivas, estableciendo que para los ejercicios siguientes, el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá la exoneración ante la presentación de la solicitud junto a la declaración jurada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Banco República, al amparo del Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad cuyos padrones, ubicaciones y porcentajes de establecen:
        PADRON UBICACION EXONERACIÓN
        149.801/001 Juan B. Blanco 1285 90%
        174.419/001 Juan B. Blanco 3247 100%
        31.270 Cno. de los Hormigueros 3248 100%
        188.176 Alejandro Chucarro 1330 100%
        174.420/001 Buxareo 1115 100%
        174.416/001 Juan B. Blanco 1289 88%
        2o.- Dicha exención se concede por los ejercicios 2005 y 2006, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma total aproximada de $ 1.210.464,00.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-