Resolución N° 517/01/2000
Nro de Expediente:
2200-000678-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/5/2001


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerado al padrón No. 4.164/2, ubicado en la calle Buenos Aires No. 481/2, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda por concepto de Tasa Adicional Mercantil.

Montevideo, 29 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Sra. Clara G. de Singer, solicitando exoneración de multa y recargos de la deuda por Tasa Adicional Mercantil del inmueble de su propiedad, padrón No. 4.164/2, ubicado en la calle Buenos Aires No. 481/2;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que nunca fue notificada de la deuda y que el local estuvo alquilado y desde hace 2 años se encuentra vacío;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que no se realizaron gestiones de cobro de la referida deuda;
        CONSIDERANDO: que el Director de la División Administración Fiscal expresa que de acuerdo a lo informado por el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos, no se han realizado gestiones tendientes al cobro de la deuda por Tasa Adicional Mercantil, del inmueble padrón No. 4.164/2, ubicado en la calle Buenos Aires No. 481/2, en consecuencia, se entiende del caso exonerar de multa y recargos a la deuda por Tasa Adicional Mercantil y aplicar en su lugar el Indice de Precios al Consumo, desde el origen de la deuda y hasta la fecha de la presente Resolución;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al padrón No. 4.164/2, ubicado en la calle Buenos Aires No. 481/2, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda por concepto de Tasa Adicional Mercantil.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el origen de la deuda y hasta la fecha de la presente Resolución.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio Fúnebre y de Necrópolis para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-