Resolución N° 685/06/2000
Nro de Expediente:
2230-218983-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/9/2006


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación de Jubilados y Pensionistas Escolares, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 21.646, 14.750/702 y 14.750/703, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2005 a 2006 inclusive.

Montevideo, 6 de Setiembre de 2006.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación de Jubilados y Pensionistas Escolares, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 21.646, 14.750/703 y 14.750/702, ubicados en las calles Juan Paullier No. 1543 y Arenal Grande 1532, respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se ha dado cumplimiento a los requisitos previstos por Res. 7856/88 de 13/9/88 y Art. 448 de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, por lo que corresponde exonerar a la referida Asociación del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria por los ejercicios 2005 a 2006 al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, dejando de percibir la Comuna anualmente la suma aproximada de $ 10.953,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal, entiende procedente exonerar a la Asociación de Jubilados y Pensionistas Escolares del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación de Jubilados y Pensionistas Escolares, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 21.646, 14.750/702 y 14.750/703, ubicados en las calles Juan Paullier No. 1543 y Arenal Grande No. 1532, respectivamente.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2005 a 2006 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal de Montevideo dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 10.953,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de la condiciones que dan mérito a la exoneración otorgada, los interesados deberán informar a esta Comuna de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-