Resolución N° 689/01/2000
Nro de Expediente:
2220-000279-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/6/2001


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Exonerar a la Asociación Pro Recuperación del Inválido (A.P.R.I.), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 365.820, 474.601 y 991.990, matrículas Nos. 866.671, 959.012 y 997.825, respectivamente, por el ejercicio 2001.

Montevideo, 21 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 29.457 de fecha 17 de mayo de 2001, promulgado por Resolución No. 1939/01 de fecha 4 de junio de 2001, por el cual de conformidad con la Resolución No. 1175/01 de 2 de abril de 2001, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Asociación Pro Recuperación del Inválido (A.P.R.I.), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 365.820, 474.601 y 991.990, matrículas Nos. 866.671, 959.012 y 997.825, respectivamente, por el ejercicio 2001;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2585/00 de fecha 27 de julio de 2000, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Asociación Pro Recuperación del Inválido (A.P.R.I.), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 365.820, 474.601 y 991.990, matrículas Nos. 866.671, 959.012 y 997.825, respectivamente, por el ejercicio 2001.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-