Resolución N° 49/04/2000
Nro de Expediente:
2230-020611-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/1/2004


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Centro Espirita Kardecista Redención", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 4945, ubicado en la calle Andes No. 1591.

Montevideo, 30 de Enero de 2004.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil "Centro Espirita Kardecista Redención", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 4945, ubicado en la calle Andes No. 1591;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante adjunta a obrados certificación notarial acreditante de la titularidad dominial del inmueble de referencia así como fotocopia autenticada de estatutos;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde al mencionado padrón una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/97 de 17/12/96, por el ejercicio 2003, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma de $ 2.181,00;
        3o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República, debiendo los interesados gestionar nuevamente la tramitación exentiva en caso de querer acogerse a la misma de futuro;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal expresa que corresponde promover resolución exonerando del 100% del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria al Centro Espirita Kardecista Redención, inmueble padrón No. 4945, sito en Andes No. 1591, por el ejercicio 2003
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Centro Espirita Kardecista Redención", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 4945, ubicado en la calle Andes No. 1591.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, por el ejercicio 2003, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 2.181,00, debiendo los interesados gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General (I) del Departamento de Recursos Financieros.-