Resolución N° 837/12/2000
Nro de Expediente:
4330-001376-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
20/7/2012


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 de 29/10/1997 a la deuda de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 40 del Cementerio Central.

Montevideo, 20 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: la gestión del señora Graciela Amelia Roig Dangiolillo, solicitando exoneración de pago de multas y recargos emergentes de la deuda por concepto de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 40 del Cementerio Central;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que no era de su conocimiento la existencia de la deuda y tiene voluntad de saldar la referida deuda en condiciones más accesibles;
        2o.) que el Servicio Fúnebre y Necrópolis informa que en el año 1999 se inició una campaña por intermedio de las facturas de tributos domiciliarios, citando a todas aquellas personas poseedoras de bienes funerarios a concurrir a ese Servicio a fin de regularizar sus situaciones y en el presente caso la deuda no fue notificada, por lo que no habría inconvenientes en procederse a la quita de multas y recargos;
        3o.) que la División Administración de Ingresos expresa que se trata de una deuda que no fue notificada, por lo que, se considera que para esta cuenta puede accederse a la exoneración de multas y recargos actualizando la deuda por IPC al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        CONSIDERANDO: que corresponde

        proveer de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 de 29/10/1997 a la deuda de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 40 del Cementerio Central.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Índice de Precios al Consumo (IPC) desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Fúnebre y Necrópolis.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-