Resolución N° 778/09/2000
Nro de Expediente:
2230-009994-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/12/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociaicón Civil "Jerusalén", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en Avda. Joaquín Suárez No. 3280, por el período 2005 a 2009 inclusive.

Montevideo, 4 de Diciembre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Jerusalén", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en Avda. Joaquín Suárez No. 3280;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, por los ejercicios 2001 a 2004 inclusive, según Resolución No. 3803/05 de 22/08/2005;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República por lo que corresponde otorgar la exención del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, para el inmueble padrón No. 55.695, por el período 2005 a 2009 inclusive, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma aproximada de $ 24.687,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociaicón Civil "Jerusalén", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 55.695, ubicado en Avda. Joaquín Suárez No. 3280, por el período 2005 a 2009 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 24.687,00.-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-