Resolución N° 514/09/2000
Nro de Expediente:
2230-098933-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/10/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Segunda Iglesia Científica de Cristo, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, por el ejercicio 2009.

Montevideo, 13 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Segunda Iglesia Científica de Cristo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, ubicado en la calle Cerro Largo No. 1172;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal hasta el ejercicio 2008, según Resolución No. 627/08/2000 de 5 de marzo de 2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos en la Resolución No. 7856/88 de 13 de setiembre de 1988, puede otorgarse la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República, al inmueble padrón No. 7137/001, a partir del ejercicio 2009, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 12.699,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte el informe precedente;
        2o.) que corresponde acceder a la exoneración solicitada por el ejercicio 2009;
        3o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos


        Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Segunda Iglesia Científica de Cristo, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, ubicado en la calle Cerro Largo No. 1172.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, por ejercicio 2009, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 12.699,00.-
        3o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia Municipal.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-