Resolución N° 609/12/2000
Nro de Expediente:
1001-005468-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/6/2012


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales, al amparo del Art. 34o. del Decreto No. 26.949, del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, que grava los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 28.739 y 26.104 por los ejercicios 2006 a 2011 inclusive y padrón No. 154.476 por el período 2007 a 2011 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 51.953,00

Montevideo, 8 de Junio de 2012.-
 
        VISTO: la gestión de la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 28.739, 26.104 y 154.476;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante has sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 1998 y 1999, según Resolución No. 3287/99/2000 de 20 de setiembre de 1999;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que de acuerdo al Art. 34o. del Decreto No. 26.949, la exoneración alcanzaría únicamente a los padrones propiedad de la Institución Sindical, equivalente al 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria por los ejercicios 2006 a 2011, para los padrones Nos. 28.739 y 26.104 y por el período 2007 a 2011 para el padrón No. 154.476, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 51.953,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos estima procedente el dictado de la resolución que exonere del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales de acuerdo a lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 1775/96 de 29 de abril de 1996 el Intendente de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar a las Instituciones Sociales de carácter sindical que se soliciten por

        primera vez, del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIOS DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales, al amparo del Art. 34o. del Decreto No. 26.949, del pago del setenta y cinco por ciento (75%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria, que grava los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 28.739 y 26.104 por los ejercicios 2006 a 2011 inclusive y padrón No. 154.476 por el período 2007 a 2011 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 51.953,00 (pesos uruguayos cincuenta y un mil novecientos cincuenta y tres).-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-