Resolución N° 540/09/2000
Nro de Expediente:
2230-020737-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/10/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Iglesia de Dios Pentecostal (Movimiento Internacional en Uruguay), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.960, al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, desde la 3a. cuota del ejercicio 1993 hasta el ejercicio 2009 inclusive.

Montevideo, 22 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Iglesia de Dios Pentecostal (Movimiento Internacional en Uruguay), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.960, ubicado en la calle Lorenzo Carnelli No. 1070;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante presentó certificado notarial acreditante de la titularidad dominial del inmueble de referencia y fotocopia de estatutos debidamente autenticados;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se ha dado cumplimiento a los requisitos previstos por Res. 7856/88 de 13/9/88, por lo que se puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República, desde la 3a. cuota del ejercicio 1993 hasta el ejercicio 2009 inclusive, dejando de percibir la Comuna la suma aproximada de $ 6.765,00;
        3o.) que en caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten su otorgamiento, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;

        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Iglesia de Dios Pentecostal (Movimiento Internacional en Uruguay), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.960, ubicado en la calle Lorenzo Carnelli No. 1070.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, desde la 3a. cuota del ejercicio 1993 hasta el ejercicio 2009 inclusive, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma aproximada de $ 6.765,00.-
        3o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten su otorgamiento, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia Municipal .-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-