Resolución N° 494/13/2000
Nro de Expediente:
2230-041599-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/3/2013


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada, al amparo de lo previsto en el Art. 69º de la Constitución de la República, a la Asociación Civil "Sociedad de San Vicente de Paul", del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 166.945, ubicado en Cno. Carlos Burmester No. 6396, por el período 2009 a 2013, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 1.263,00.

Montevideo, 22 de Marzo de 2013.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Sociedad de San Vicente de Paul", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 166.945, ubicado en Cno. Carlos Burmester No. 6396;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, según Resolución No. 4012/09 de 21 de setiembre de 2009, por el período 1991 a 2008 inclusive;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69º de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar al referido padrón la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales por el período 2009 a 2013, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 1.263,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de

        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada, al amparo de lo previsto en el Art. 69º de la Constitución de la República, a la Asociación Civil "Sociedad de San Vicente de Paul", del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 166.945, ubicado en Cno. Carlos Burmester No. 6396, por el período 2009 a 2013, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 1.263,00 (pesos uruguayos mil doscientos sesenta y tres).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-