Resolución N° 482/02/2000
Nro de Expediente:
2230-051545-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/3/2002


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Instituto de las Religiosas Jesús María, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 192.109 y 63.362, por el lapso de 5 años a partir del ejercicio 2001.

Montevideo, 11 de Marzo de 2002.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Instituto de las Religiosas de Jesús María, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 192.109 y 63.362, ubicados en las calles Máximo Tajes No. 6624 y Edmundo Bianchi No. 2228 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dichos padrones les corresponde un porcentaje de exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, según Res. 5990/96 de 17/12/96;
        2o.) que se ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en la Resolución No. 7856/88 del 13/9/88 y su modificativa Res. No. 211/97 de 27/1/97 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2001 al 2005 inclusive, debiendo los interesadso gestiona cada cino años la tramitación exentiva en caso de querer acogerse a la misma de futuro;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que los inmuebles ya fueron objeto de similar exención fiscal según Resoluciones Nos. 4712/97 y 2031/00 de fechas 23/9/1997 y 12/6/2000 respectivamente, por lo que de acuerdo al Art. 69o. de la Carta y Resolución No. 211/97 correspondería declarar exonerado mediante Resolución al Instituto por concepto de Contribución Inmobiliaria por el período 2001 a 2005 inclusive;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el Señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GEENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Instituto de las Religiosas Jesús María, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 192.109 y 63.362, ubicados en las calles Máximo Tajes No. 6624 y Edmundo Bianchi No. 2228 respectivamente.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, rigiendo por el lapso de cinco (5) años, a partir del ejercicio 2001, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma de pesos uruguayos sesenta y dos mil quinientos ochenta ($ 62.580,00).-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-