Resolución N° 482/16/2000
Nro de Expediente:
2230-019493-15
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/4/2016


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Centro Social, Deportivo y Recreativo Parque Posadas, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 80283 unidades SS/104/M y SS/106/M, por los ejercicios 2011 a 2015, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 2.751,00.

Montevideo, 8 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Centro Social, Deportivo y Recreativo Parque Posadas por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 80.283 unidades SS/104/M y SS/106/M;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que por concepto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales le corresponde al padrón No. 80.283 unidades SS/104/M y SS/106/M, un porcentaje de exoneración del 100% de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por los ejercicios 2011 a 2015 e indica que la Intendencia dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 2.751,00;
        2o.) que respecto a la Tasa General, el mencionado Servicio exoneró a dicho Centro por los ejercicios 2011 a 2015, según Resolución Interna No. 001/2016 de 12/01/2016, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 26.949 de 14/12/1995;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que habiéndose dado

        cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Centro Social, Deportivo y Recreativo Parque Posadas, al amparo de lo establecido en el Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 80283 unidades SS/104/M y SS/106/M, por los ejercicios 2011 a 2015, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 2.751,00 (pesos uruguayos dos mil setecientos cincuenta y uno).-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-