Resolución N° 804/11/2000
Nro de Expediente:
2230-018020-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
12/8/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Cultural Lateranense, al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 65.835, por el período 2011 a 2015, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 67.137,00.

Montevideo, 12 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Cultural Lateranense, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 65.835, ubicado en Avda. Italia Nos. 4318/20;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue exonerada en anterior oportunidad, por los ejercicios 2009 y 2010, según Resolución No. 16/10/2000 de 8 de enero de 2010;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde al referido padrón, al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República, la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales, por el período 2011 a 2015, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 67.137,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a templos religiosos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Cultural Lateranense, al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 65.835, ubicado en la Avda. Italia Nos. 4318/20, por el período 2011 a 2015, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 67.137,00 (pesos uruguayos sesenta y siete mil ciento treinta y siete).-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Arthuro Echevarria, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-