Resolución N° 5188/99/2000
Nro de Expediente:
2200-001999-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/12/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 a la deuda de Tasa General Municipal del inmueble padrón No. 140.642, ubicado en la calle Dr. Capdehourat No. 2606, propiedad de los Sres. Alba y Adolfo Calvar Presedo.

Montevideo, 30 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por los Sres. Alba Calvar Presedo y Adolfo Calvar Presedo, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto de tributos municipales mantiene con esta Comuna, respecto del inmueble padrón No. 140.642, ubicado en la calle Dr. Capdehourat No. 2606;
        RESULTANDO: 1o.) que los gestionantes expresan que nunca tuvieron conocimiento de la existencia de dicha deuda y además nunca recibieron intimación de pago, siendo el único aviso recibido el cedulón del Juzgado de Paz de 3er. Turno el día 27/09/99;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que la primera notificación que se efectúo fue la de la resolución confirmatoria en fecha 24/11/98, o sea trece años después del inicio de la deuda, promoviéndose luego juicio ejecutivo con embargo específico al padrón, presentándose el interesado al llegarle la notificación de la vía de apremio efectuada en el mismo domicilio que la anterior;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que surge de estas actuaciones que la primera gestión de cobro en vía administrativa del padrón No. 140.642, fue realizada el 24/11/98 por la deuda de Tasa General Municipal originada en el ejercicio 1985, por lo que no puede desconocerse una evidente demora en la gestión de cobranza, y que dicha demora obra en perjuicio del contribuyente al ser los recargos superiores a la variación del Indice de Precios al Consumo, entendiéndose del caso aplicar el mecanismo previsto en el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, desde el inicio de la deuda hasta la fecha en que se efectúo la primera notificación, a partir de dicha fecha corresponde la aplicación del régimen general de multas y recargos por mora;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerados a los Sres. Alba Calvar Presedo y Adolfo Calvar Presedo del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble padrón No. 140.642, ubicado en la calle Dr. Capdehourat No. 2606, desde el inicio de la deuda hasta la fecha de la primera notificación.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas, en el referido período, se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- A partir de la fecha de la primera notificación se aplicará el régimen general de multas y recargos por mora.-
        4o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        5o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-