Resolución N° 634/15/2000
Nro de Expediente:
2230-009736-15
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/6/2015


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Universidad Católica del Uruguay "Damaso Antonio Larrañaga" del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles cuyos padrones y ejercicios se detallan en estas actuaciones, dejando de percibir la Intendencia la suma total aproximada de $ 697.797,00.

Montevideo, 2 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por la Universidad Católica del Uruguay "Damaso Antonio Larrañaga" que solicita exoneración de pago de los impuestos de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 107.760, ubicado en Av. 8 de Octubre No. 2733;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal en anteriores oportunidades;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69 de la Constitución de la República, por lo que corresponde acceder a la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad cuyos padrones y ejercicios se detallan a fs. 20 de obrados, indicando que la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 697.797,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de

        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Universidad Católica del Uruguay "Damaso Antonio Larrañaga" al amparo del Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles cuyos padrones y ejercicios se detallan:
        PADRON CUENTA CORRIENTE PERIODO
        107.760 457845 2014 a 2018
        410.941 2037243 2007 a 2015
        87.681 424293 2007 a 2015
        410.942 614876 2007 a 2015
        99.151 443306 2014 a 2018
        157.438/1 2029443 2005 a 2015
        157.438/2 532098 2007 a 2015
        157.438/101 532099 2014 a 2018
        101.008 446675 2015 a 2019
        96.988 439700 2015 a 2019
        96.989 439701 2015 a 2019
        96.990 439702 2015 a 2019
        96.995 439707 2015 a 2019
        96.996 439708 2015 a 2019
        96.997 439709 2015 a 2019
        35.141 331218 2014 a 2018
        Por la exoneración que se otorga la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 697.797,00 (pesos uruguayos seiscientos noventa y siete mil setecientos noventa y siete).-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

MARIA EUGENIA ROLLA, Directora General del Departamento de Recursos Financieros.-