Resolución N° 638/08/2000
Nro de Expediente:
2230-060659-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Sociedad Erik Erikson Limitada, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 80.472, ubicado en Avenida Millán No. 3672, por los ejercicios 2006 a 2008 inclusive.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión de la Sociedad Erik Erikson Limitada, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 80.472, ubicado en Avenida Millán No. 3672;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2005, según Resolución No. 3198/06 del 29 de agosto de 2006;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención del impuesto de Contribución Inmobiliaria, pues la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2006 a 2008 inclusive, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 5.346,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Sociedad Erik Erikson Limitada, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 80.472, ubicado en Avenida Millán No. 3672.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2006 a 2008 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 5.346,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación de la beneficiaria, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-