Resolución N° 53/02/2000
Nro de Expediente:
9902-000907-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/1/2002


Tema:
PLAZO TASA BROMATOLOGICA

Resumen:
Se da de baja las multas y recargos generados por concepto de Tasa Bromatológica para aquellos contribuyentes que pagaron entre el 25 y el 31 de diciembre de 2001.-

Montevideo, 16 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 4826/01 del 11 de diciembre de 2001, se fijó el vencimiento del tributo de Tasa Bromatológica para el día 24 de diciembre de cada año;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales expresa que los contribuyentes que abonen la referida tasa entre el 24 y el 31 de diciembre generarían multa y recargos, emergentes de la distribución de las facturas;
        2o.) que hubo notorias dificultades en este año en hacer conocer a los contribuyentes el cambio de fechas establecido;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde dar de baja las multas generadas entre el 25 y el 31 de diciembre de 2001, por concepto de Tasa Bromatológica;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Dar de baja las multas y recargos generados por concepto de Tasa Bromatológica para aquellos contribuyentes que pagaron entre el 25 y el 31 de diciembre de 2001.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-