Resolución N° 4997/99/2000
Nro de Expediente:
2200-001742-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/12/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerado al Sr. José P. Vola del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble padrón No. 94.608/001, ubicado en Av. Italia No. 3294, por el período 01/98 al 02/99.

Montevideo, 6 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Sr. José P. Vola, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por Contribución Inmobiliaria mantiene con esta Comuna, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 94.608/001, ubicado en Av. Italia No. 3294;
        RESULTANDO: que según declara la gestionante a partir del año 1998 no fueron enviadas las facturas de dicho padrón, pero como conjuntamente recibían otras, no se percataron de la falta de la misma, concurriendo al Servicio de Ingresos Inmobiliarios donde se les comunicó que había pasado a ser propiedad horizontal (tramitada en el año 1997) y la dirección de envío quedó sin número;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que en situaciones similares, el Servicio de Ingresos Inmobiliarios ha informado que la comunicación al contribuyente sobre el pasaje al régimen de propiedad horizontal se realiza en forma verbal, no registrándose en ese momento ninguna aclaración sobre la dirección de envío, si bien es obligación del contribuyente el hecho de comunicar la dirección, se entiende que no existió una información clara por parte de esta Intendencia en el momento de realizar el trámite, por lo que corresponde la aplicación el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, por el período 01/98 al 02/99;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Sr. José P. Vola del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de

        Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble padrón No. 94.608/001, ubicado en Av. Italia No. 3294, por el período 01/98 al 02/99.-

        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-