Resolución N° 476/02/2000
Nro de Expediente:
2230-032647-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/3/2002


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Unión Mundial O.R.T., del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 7.180/001/002/101/201 y 417.530, por el lapso de 5 años a partir del ejercicio 2001.

Montevideo, 11 de Marzo de 2002.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Unión Mundial O.R.T., solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 7.180/001/002/101/201 y 417.530, ubicados en las calles Mercedes No. 1199 y Cuareim Nos. 1451, 1457 y 1471 y Benito Lamas No. 2780 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones una exoneración del 100%, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y su modificativa Res. No. 211/97 de 27/1/97 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2001, debiendo los interesados gestionar cada cinco años la tramitación exentiva en caso de querer acogerse a la misma de futuro;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que corresponde redactar Resolución exonerando a la Unión Mundial O.R.T. del pago del 100% del tributo de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 7.180/001/002/101 y 201 y 417.530, por los ejercicios 2001 a 2005 inclusive;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Unión Mundial O.R.T., del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 7.180/001/002/101/201 y 417.530, ubicados en las calles Mercedes No. 1199 y Cuareim Nos. 1451, 1457 y 1471 y Benito Lamas No. 2780 respectivamente.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, rigiendo por el lapso de cinco (5) años, a partir del ejercicio 2001, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir aproximadamente la suma de pesos uruguayos un millón cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta ($ 1:049.340,00).-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-