Resolución N° 777/09/2000
Nro de Expediente:
2230-024793-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/12/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la señora Alicia Gil Rodríguez (Jardín de Infantes IN.PE.BI.), del pago del cincuenta por ciento (50%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 118.330, ubicado en la calle Capri Nos. 2272/76.

Montevideo, 4 de Diciembre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Alicia Gil Rodríguez (Jardín de Infantes IN.PE.BI.), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 118.330, ubicado en la calle Capri Nos. 2272/76;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, por el período 2007 a 2008 inclusive, según Resolución No. 1670/08/2000 de 13/08/2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República por lo que corresponde otorgar la exención del 50% del impuesto de referencia, que grava al inmueble padrón No. 118.330 a partir del ejercicio 2009, dejando la Comuna de percibir anualmente la suma aproximada de $ 8.100,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        4o.) que corresponde acceder a la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al referido inmueble, por el período 2009;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de

        Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la señora Alicia Gil Rodríguez (Jardín de Infantes IN.PE.BI.), del pago del cincuenta por ciento (50%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 118.330, ubicado en la calle Capri Nos. 2272/76.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2009, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 8.100,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-