Resolución N° 659/08/2000
Nro de Expediente:
2230-002463-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la firma Espacio Industria S.R.L., al amparo del Art. 39o. de la Ley No. 15.939 de 29/12/87, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que grava a los inmuebles de su propiedad, que se detallan en estas actuaciones.

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la firma Espacio Industria S.R.L., solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural (Forestación) que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 42.442, 416.735, 115.486 y 149.270, ubicados en Cno. De la Petisa No. 5702;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por los ejercicios 2004 y 2005, según Resolución No. 442/06/2000 de 11 de julio de 2006;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 39 de la Ley No. 15.939, por lo que corresponde promover resolución otorgando el 100% de exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria para los padrones Nos. 42.442, 115.486 y 149.270 y del 98% para el padrón No. 416.735, por el ejercicio 2006, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma total aproximada de $ 38.302,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias al amparo de las leyes de Forestación y fomento de la producción citrícola;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la firma Espacio Industria S.R.L., al amparo del Art. 39o. de la Ley No. 15.939 de 29/12/87, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que grava a los inmuebles de su propiedad, ubicados en Cno. De la Petisa No. 5702, de acuerdo al siguiente detalle:
        PADRON PORCENTAJE
        42.442 100%
        416.735 98%
        115.486 100%
        149.270 100%
        2o.- Dicha exención se concede por el ejercicio 2006, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 38.302.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente establecido los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-