Resolución N° 805/17/2000
Nro de Expediente:
2017-2230-98-002051
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/12/2017


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Instituto de la Inmaculada Concepción del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al inmueble de su propiedad padrón No. 425.404, por los ejercicios 2017 a 2021 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 380.232,00.-

Montevideo, 1 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: la gestión del Instituto de la Inmaculada Concepción por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 425.404, ubicado en la calle Martín García No. 1355;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 5 de la Constitución de la República, por lo que sugiere promover resolución que otorgue la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales al referido padrón por los ejercicios 2017 a 2021, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 380.232,00;
        2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado, por lo que corresponde el dictado de la resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de
        conceder exoneraciones tributarias a templos religiosos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Instituto de la Inmaculada Concepción al amparo de lo previsto en el Art. 5 de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al inmueble de su propiedad padrón No. 425.404, por los ejercicios 2017 a 2021 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 380.232,00 (pesos uruguayos trescientos ochenta mil doscientos treinta y dos).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-