Resolución N° 506/02/2000
Nro de Expediente:
2230-050541-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2002


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada de multas y recargos por mora a la deuda de Alcantarillado, por el período julio de 1991 a junio de 1995, que grava al inmueble padrón No. 142.073, ubicado en Gerónimo Piccioli No. 3078, unid. 006, propiedad de la señora Marta Teresa Pirotto Graña.

Montevideo, 14 de Marzo de 2002.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Marta Teresa Pirotto Graña solicitando exoneración de multa y recargos respecto a la deuda de Alcantarillado que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 142.073, ubicado en Gerónimo Piccioli No. 3078/006, por el período julio de 1991 a junio de 1995;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que el 28/12/00 pago todas las deudas existentes del referido padrón por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuestos Domiciliarios y en el recibo de Contribución Inmobiliaria del año 2001 apareció la leyenda de deuda pendiente de tributos domiciliarios, por lo que sorprendida concurrió al sector de la calle Soriano donde fue informada que no existía deuda y que la leyenda podía seguir apareciendo por un tiempo y ante la duda se dirigió al piso 1 y 1/2 donde fue informada de la existencia de una deuda trunca, no habiendo surgido dicha deuda en el momento que se presentó a pagar en diciembre de 2000;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la referida deuda surge cuando se dejó de cobrar el Alcantarillado con los impuestos, desconociéndolo en la mayoría de los casos por los contribuyentes, siendo abonada el 05/07/01 según recibo No. 1067119;
        3o.) que el Servicio Gestión de Contribuyentes informa que de los sistemas informáticos no surge que se hayan realizado gestiones tendientes al cobro de la deuda;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal expresa que de estas actuaciones surge que no se han realizado gestiones tendientes al cobro de la deuda del inmueble padrón No. 142.073, por el período 07/91 a 06/95 por lo que corresponde exonerar de multas y recargos por mora y aplicar en su lugar el artículo 25o. del Decreto 27.803;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte el informe precedente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada de multas y recargos por mora a la deuda de Alcantarillado, por el período julio de 1991 a junio de 1995, que grava al inmueble padrón No. 142.073, ubicado en Gerónimo Piccioli No. 3078, unid. 006, propiedad de la señora Marta Teresa Pirotto Graña.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-