Resolución N° 641/10/2000
Nro de Expediente:
2220-002748-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/7/2010


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera a la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos S.A. (CUTCSA), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, de acuerdo a lo detallado en el Numeral 1o.- de la presente Resolución, estableciendo que la exoneración se mantendrá mientras los vehículos continúen afectados a fines sociales.

Montevideo, 6 de Julio de 2010.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el el Decreto No. 33.375 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 27 de mayo de 2010, promulgado por Resolución No. 2532/1, por el cual, de conformidad con la Resolución No. 1798/10, de 3/5/10, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos S.A. (CUTCSA), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, de acuerdo al siguiente detalle, estableciendo que la exoneración se mantendrá mientras los vehículos continúen afectados a fines sociales:
        PADRÓNMATRÍCULAEXONERACIÓN
        420.919SBG 4629
        2009 a 2010 inclusive
        398.797SBG 8459
        2009 a 2010 inclusive
        398.798SBG 8404
        2010
        373.314SBG 7223
        2009 a 2010 inclusive
        374.884SBG 4630
        2a. 2009 a 2010 inclusive
        479.073SAK 9924
        2010
        417.677SBG 7345
        2009 a 2010 inclusive
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3218/05 de 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos S.A. (CUTCSA), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, de acuerdo al siguiente detalle, estableciendo que la exoneración se mantendrá mientras los vehículos continúen afectados a fines sociales:
        PADRÓNMATRÍCULAEXONERACIÓN
        420.919SBG 4629
        2009 a 2010 inclusive
        398.797SBG 8459
        2009 a 2010 inclusive
        398.798SBG 8404
        2010
        373.314SBG 7223
        2009 a 2010 inclusive
        374.884SBG 4630
        2a. 2009 a 2010 inclusive
        479.073SAK 9924
        2010
        417.677SBG 7345
        2009 a 2010 inclusive

        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares para su cumplimiento.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-