Resolución N° 823/12/2000
Nro de Expediente:
2230-053664-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/7/2012


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Español de Montevideo, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad, padrones Nos. 9.102 y 9.104, unidades 8, 9 y 10, ubicados en la Avda. 18 de Julio No. 1332, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 180.306,00.

Montevideo, 6 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Club Español de Montevideo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad, padrones Nos. 9.102 y 9.104, unidades 8, 9 y 10, ubicados en la Avda. 18 de Julio No. 1332;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad según Resoluciones Nos. 272/11/2000 de 10/05/2011 y 2392/11 de 30/05/2011;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, por lo que corresponde acceder a la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 180.306,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado en el informe precedente;
        2o.) que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Español de Montevideo, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad, padrones Nos. 9.102 y 9.104, unidades 8, 9 y 10, ubicados en la Avda. 18 de Julio No. 1332, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 180.306,00 (pesos uruguayos ciento ochenta mil trescientos seis).-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-