Resolución N° 811/06/2000
Nro de Expediente:
2240-017047-06
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/10/2006


Tema:
SORTEOS Y RIFAS

Resumen:
Se convalida la promoción realizada por la firma Hípica Rioplatense Uruguay S.A., entre el 3 y el 25 de junio de 2006.

Montevideo, 4 de Octubre de 2006.-
 
        VISTO: la gestión iniciada a obrados por la firma Hípica Rioplatense Uruguay S.A., solicitando autorización para realizar una promoción con entrega de premios entre el 3 y el 25 de junio de 2006;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante explicita a obrados el mecanismo que regirá dicha promoción, así como los premios que se adjudicarán a las personas favorecidas, cuyo valor total asciende a la suma de $ 301.272,00;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales, expresa que de otorgarse la autorización impetrada, la firma de que se trata deberá abonar por concepto de tasa de autorización el 5% del valor total de los premios, o sea $ 15.064,00, respecto a la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante depositó la suma de $ 60.254,00, importe que corresponde al 20% del valor de los premios según recibo No. 808579;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la promoción proyectada se ajusta a la normativa municipal vigente en materia de sorteos comerciales gratuitos (Digesto Municipal - Tomo XIV - Título - Unico - Capítulo II) en mérito de ello corresponde proceder a su convalidación en la forma y condiciones establecidas;
        2o.) que la División Administración Fiscal comparte lo expresado precedentemente;
        3o.) que por resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de autorizar y convalidar sorteos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Convalidar la promoción realizada por la firma Hípica Rioplatense Uruguay S.A., entre el 3 y el 25 de junio de 2006.-
        2o.- La interesada debe abonar por concepto de tasa de autorización el cinco por ciento (5%) del valor total de los premios, o sea PESOS URUGUAYOS QUINCE MIL SESENTA Y CUATRO ($ 15.064,00). Respecto de la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante depositó la suma total de PESOS URUGUAYOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 60.254,00) equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los premios, según recibo de garantía No. 808579.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-