Resolución N° 496/00/2000
Nro de Expediente:
1001-044840-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/3/2000


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se exonera a la Asociación de la Prensa Uruguaya - Sindicato de Trabajadores de la Comunicación Social, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y del impuesto a los Baldíos que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 417.139, por la 1era. cuota del ejercicio 1999.

Montevideo, 22 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 28.988 del 17 de febrero de 2000, promulgado por Resolución No. 811/00 del 13 de marzo de 2000, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4795/99 del 16 de diciembre de 1999, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Asociación de la Prensa Uruguaya - Sindicato de Trabajadores de la Comunicación Social, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y del impuesto a los Baldíos que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 417.139, ubicado en las calles San José y Ejido, por el ejercicio 1999;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 de fecha 20 de febrero de 1995, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Asociación de la Prensa Uruguaya - Sindicato de Trabajadores de la Comunicación Social, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y del impuesto a los Baldíos que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 417.139, ubicado en las calles San José y Ejido, por la 1era. cuota del ejercicio 1999.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-