Resolución N° 808/07/2000
Nro de Expediente:
2230-218868-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/3/2007


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil Osencor S.A. "Instituto de Enseñanza de Cultura Física Aeróbica J.R." del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 14.813/101, por el período 2005 a 2007 inclusive.

Montevideo, 27 de Marzo de 2007.-
 
        VISTO: la gestión realizada por Osencor S.A. Instituto de Enseñanza de Cultura Física Aeróbic J.R., solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 14.813/101, ubicado en la calle Dr. Juan Antonio Rodríguez No. 1460, 1462 y 1462 Bis.;
        RESULTANDO: 1o.) que la mencionada Institución ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2003 y 2004, según Resolución No. 1606/04/2000 de 25 de noviembre de 2004;
        2o) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde otorgar una exoneración del 100% según Resolución No. 5990/96 a partir del ejercicio 2005, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma aproximada de $ 85.293,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesora Profesional del Departamento de Recursos Financieros informa que si bien existen norma departamentales que contemplan especialmente beneficios para las instituciones deportivas, ha sido postura del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que este tipo de entidades se encuentren comprendidas en el alcance del Art. 69o. de la Constitución de la República, por tanto, a partir de entender que la promoción y enseñanza del deporte ingresa como actividad cultural, procede otorgar el beneficio en la forma solicitada a partir del ejercicio 2005;
        2o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal entiende procedente otorgar a dicha Institución el beneficio de exoneración de pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, por el período 2005 a 2007;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos
        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil Osencor S.A. "Instituto de Enseñanza de Cultura Física Aeróbica J.R.", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 14.813/101, ubicado en la calle Dr. Juan Antonio Rodríguez No. 1460, 1462 y 1462 Bis.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2005 a 2007 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 85.293,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-