Resolución N° 577/07/2000
Nro de Expediente:
2240-029791-06
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
23/2/2007


Tema:
SORTEOS Y RIFAS

Resumen:
Se convalida la promoción con entrega de premios "Promoción Jackpot Maroñas", realizada por la empresa Hípica Rioplatense Uruguay S.A., entre el 7 y el 30 de noviembre de 2006-

Montevideo, 23 de Febrero de 2007.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por la empresa Hípica Rioplatense Uruguay S.A., solicitando autorización para realizar una promoción "Promoción Jackpot Maroñas" con entrega de premios entre el 7 y el 30 de noviembre de 2006;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante explicita a obrados el mecanismo que rigió dicha promoción, así como los premios que se adjudicaron a las personas favorecidas, cuyo valor total asciende a la suma de $ 247.058,00;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales, expresa que de convalidarse la autorización impetrada, la empresa de que se trata deberá abonar por concepto de tasa de autorización el 5% del valor total de los premios, o sea $ 12.353,00, respecto a la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones se depositó la suma total de $ 49.412,00, importe que corresponde al 20% del valor de los premios según comprobante de garantía No. 809082;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la promoción proyectada se ajusta a la normativa municipal vigente en materia de sorteos comerciales gratuitos (Digesto Municipal - Tomo XIV - Título - Único - Capítulo II) en mérito de ello corresponde proceder a su convalidación en la forma y condiciones establecidas;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de autorizar y convalidar sorteos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Convalidar la promoción con entrega de premios "Promoción Jackpot Maroñas", realizada por la empresa Hípica Rioplatense Uruguay S.A., entre el 7 y el 30 de noviembre de 2006-
        2o.- La interesada debe abonar por concepto de tasa de autorización el cinco por ciento (5%) del valor total de los premios, o sea PESOS URUGUAYOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES ($ 12.353,00). Respecto de la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante depositó la suma de PESOS URUGUAYOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DOCE ($ 49.412,00) equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los premios, según comprobante de garantía Nos. 809082.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-