Resolución N° 682/01/2000
Nro de Expediente:
2220-003287-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
20/6/2001


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, cuyos padrones, matrículas y períodos se detallan en el expediente 2220-003287-00.

Montevideo, 20 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 29.443 de fecha 17 de mayo de 2001, promulgado por Resolución No. 1921/01 de fecha 4 de junio de 2001, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4715/00 de 18 de diciembre de 2000, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, cuyos padrones, matrículas y períodos se detallan:
        PADRON MATRICULA PERIODO A EXONERAR
        982.640 993.327 abril/2000 a diciembre/2000
        905.831 990.090 agosto/2000 a dic./2000
        429.523 928.191 2da. y 3ra. cuota 2000
        492.884 969.614 febrero/2000 a dic./2000
        463.193 842.941 2da. y 3ra. cuota 2000
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2585/00 de fecha 27 de julio de 2000, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad, cuyos padrones, matrículas y períodos se detallan:
        PADRON MATRICULA PERIODO A EXONERAR
        982.640 993.327 abril/2000 a diciembre/2000
        905.831 990.090 agosto/2000 a dic./2000
        429.523 928.191 2da. y 3ra. cuota 2000
        492.884 969.614 febrero/2000 a dic./2000
        463.193 842.941 2da. y 3ra. cuota 2000
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-