Resolución N° 520/00/2000
Nro de Expediente:
2220-005023-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/3/2000


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera a la firma Bulevar S.A., del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrón No. 130.996, matrícula No. 118.673, a partir del 01/01/94 y padrón No. 225.651, matrícula No. 106.031, a partir del 01/01/93, en ambos casos hasta la fecha de la notificación de la resolución exoneratoria.

Montevideo, 28 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 29.003 de fecha 2 de marzo de 2000, promulgado por Resolución No. 934 de fecha 20 de marzo de 2000, por el cual de conformidad con la Resolución No. 443/00 de 7 de febrero de 2000, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la firma Bulevar S.A., del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrón No. 130.996, matrícula No. 118.673, a partir del 01/01/94 y padrón No. 225.651, matrícula No. 106.031, a partir del 01/01/93, en ambos casos hasta la fecha de la notificación de la resolución exoneratoria; posteriormente, la empresa deberá proceder a devolver las chapas de matrícula y solicitar la baja de ambos vehículos;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 de fecha 20 de febrero de 1995, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la firma Bulevar S.A., del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrón No. 130.996, matrícula No. 118.673, a partir del 01/01/94 y padrón No. 225.651, matrícula No. 106.031, a partir del 01/01/93, en ambos casos hasta la fecha de la notificación de la resolución exoneratoria; posteriormente, la empresa deberá proceder a devolver las chapas de matrícula y solicitar la baja de ambos vehículos.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-