Resolución N° 5087/99/2000
Nro de Expediente:
1001-041939-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/12/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerados a los Sres. Juan José Pereyra y Ana María Pereira Alonso, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble padrón No. 62.990/1001, ubicado en la calle Argerich No. 4308.

Montevideo, 13 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por los señores Juan José Pereyra y Ana María Pereira Alonso, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por Contribución Inmobiliaria mantienen con esta Comuna, respecto del inmueble de cual son promitentes compradores padrón No. 62.990 (Bco. Hipotecario), ubicado en la calle Argerich No. 4308;
        RESULTANDO: 1o.) que los gestionantes expresan que abonaron la 1era. cuota del año 1999 y a partir de la 2da. cuota, esta Intendencia no emitió el recibo respectivo por pertenecer dicho padrón a una institución del Estado, comprobando que hubo un error, el mismo fue subsanado emitiéndose el recibo con la 2da. y 3ra. cuota del año 1999 y con la observación de que se aplicaron multa y recargos, de las cuales no son responsables, y fueron abonadas;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que el padrón No. 62.990/1001 estaba codificado como del Banco Hipotecario del Uruguay hasta el 19/10/1999, fecha en la que se descodificó, según nota solicitada del Servicio Gestión de Cobro de Morosos;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que de acuerdo a lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios la Contribución Inmobiliaria del padrón No. 62.990/1001 se encontraba codificada como del Banco Hipotecario del Uruguay, realizándose la corrección el 19/10/99, fecha en la cual se encontraba emitida la 2da. cuota de 1999, la cual no pudo ser abonada por los interesados, por lo que se entiende del caso la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803 a la deuda generada por dicho padrón;


        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerados a los Sres. Juan José Pereyra y Ana María Pereira Alonso, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble padrón No. 62.990/1001, ubicado en la calle Argerich No. 4308.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-