Resolución N° 2318/18
Nro de Expediente:
2018-1001-98-000949
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/5/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se encomienda al Servicio de Escribanía la protocolización del Memorando de Entendimiento/Carta de Intención suscrito el 7/5/18 entre esta Intendencia y Huawei Technologies Uruguay SA en la forma que se indica.-

Montevideo, 28 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Memorando de Entendimiento/Carta de Intención suscrito/a el 7 de mayo de 2018 entre esta Intendencia y Huawei Technologies Uruguay SA;
        RESULTANDO: que por dicho Memorando ambas partes desean colaborar a los efectos de explorar en conjunto temas relativos a Ciudades Inteligentes de la Intendencia de Montevideo, siendo las principales obligaciones de las partes según este Memorando de Entendimiento y todas las actividades y documentos relacionados en confidencialidad, salvo que la divulgación de dicha información por cualesquiera de las Partes sea requerida por Ley o por orden de tribunal de justicia y la parte divulgadora informe previamente a la otra Parte;
        CONSIDERANDO: que procede disponer la protocolización del documento oportunamente suscrito;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Encomendar al Servicio de Escribanía la protocolización del Memorando de Entendimiento/Carta de Intención suscrito el 7 de mayo de 2018 entre esta Intendencia y Huawei Technologies Uruguay SA de conformidad con las siguientes cláusulas:
        MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO/ CARTA DE INTENCIÓN
        Este Memorando de Entendimiento (en adelante "MDE") se celebra el día 7 de mayo de 2018, entre HUAWEI TECHNOLOGIES URUGUAY SA, una sociedad constituida bajo las leyes de la República Oriental del Uruguay, que tiene su domicilio social en Dr. Luis Bonavita 1266, piso 30, unidad 3005, WTC Torre 4, Montevideo, Uruguay (en adelante "HUAWEI") y la INTENDENCIA DE MONTEVIDEO, una Intendencia de Uruguay constituida bajo las leyes de Uruguay, con domicilio en Av. 18 de Julio 1360. (Huawei e Intendencia de Montevideo son referidas individualmente como la "Parte" y conjuntamente como las "Partes"). (Se entiende que por cualquier duda se rige la versión en español).
        CONSIDERANDO:
        A) Las Partes desean colaborar a los efectos de explorar en conjunto temas relativos a Ciudades Inteligentes de la Intendencia de Montevideo. EN CONSECUENCIA, y en consideración de los términos y condiciones a continuación, las partes acuerdan lo siguiente:
        1. Trabajar en conjunto para la exploración de temas de ciudades inteligentes, siendo las principales obligaciones de las partes, según este MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO, son las siguientes:
        2. Salvo acuerdo en contrario por escrito, las Partes se comprometen a mantener el contenido de este MDE y todas las actividades y documentos relacionados en confidencialidad, salvo que la divulgación de dicha información por cualquiera de las Partes sea requerida por Ley o por orden de tribunal de justicia. La Parte divulgadora deberá informarle previamente a la otra Parte. Respecto de cierta información que cualquiera de las Partes pueda comunicar a la otra Parte, la misma la considerará confidencial.
        Asimismo, nada en este MDE se interpretará como la concesión de ningún derecho explícito o implícito de ninguna patente, derecho de autor u otros derechos, de propiedad intelectual de ninguna de las Partes.
        3. Este MDE puede dejarse sin efecto ante el surgimiento de los siguientes acontecimientos:
        a) Ante el pedido de cualquiera de las partes por escrito.
        4. Ante la ocurrencia de lo previsto en literal a) del numeral 3, y consecuente terminación de este MDE, ninguna de las partes estará obligada frente a la otra en virtud de este MDE. Únicamente la obligación descripta en el numeral 2 sobrevivirá a la terminación o caducidad del presente MDE.
        5. Las Partes no podrán ceder sus derechos, títulos, beneficios, intereses, obligaciones y responsabilidad del presente MDE a una tercera parte sin el previo acuerdo por escrito de la otra Parte.
        6. Ninguna divulgación a los medios o al público excepto que haya firmado este acuerdo está permitida salvo autorización por escrito de ambas Partes. EN FE DE LO CUAL las Partes firman el presente Memorando de Entendimiento mediante las firmas de sus representantes legales o apoderados a continuación.
        2. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente, a las Divisiones Tecnología de la Información, Asesoría Jurídica, al Servicio de Relaciones Públicas y pase al Servicio de Escribanía a los efectos previstos en el numeral anterior.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-