Resolución N° 678/99/4000
Nro de Expediente:
4720-010538-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 15 U.R., Sr. Gonzalo Ariel González Antunez, C.I. Nº 1.980.447-9, transferencia sin permiso remise Mat. N° 30.413 .-

Montevideo, 21 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: que por Resolución N° 1.797/98 del 30/XI/98 se autorizó, a favor de Alejoma S.R.L. la transferencia del permiso para la prestación del servicio de remise, identificado con la Matrícula N° 30.413, correspondiente al Sr. Gonzalo Ariel González Antunez, C.I. Nº 1.980.447-9, con domicilio en la calle Zumfelde Nº 2067 bis;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor y Registro de Vehículos informa que: a) por documento privado suscrito el 4/IX/98, inscripto en el Registro de Vehículos Automotores el 11/XI/98 el titular del permiso procedió a enajenar por compra-venta y tradición, a Alejoma S.R.L., el vehículo afectado a dicho servicio empadronado con el N° 494.119 y b) de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 23° del Decreto Departamental N° 26.229 del 17/XII/93, corresponde aplicar una multa de 15 U.R.;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo aconsejado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: 1º) en atención a lo previsto en el Art. D.832 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2º) que por Resolución N° 581/95 del 20/II/95, el Señor Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.


        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar al Sr. Gonzalo Ariel González Antunez, C.I. Nº 1.980.447-9, con domicilio en la calle Zumfelde Nº 2067 bis, una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables), por incumplimiento a lo dispuesto en el Art. 23° del Decreto Departamental N° 26.229 del 17/XII/93.-
        2º.- Establecer que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta, al término del cual, en caso de incumplimiento, se procederá al cobro por vía judicial.-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase por su orden a la Sección Despacho de la División Tránsito y Transporte, para la notificación pertinente y al Servicio de Contralor y Registro de Vehículos

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-