Resolución N° 609/10/4000
Nro de Expediente:
3230-030934-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/10/2010


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Unión de la Juventud Comunista el uso de la peatonal Dr. Emilio Frugoni, entre Avda. 18 de Julio y la calle Guayabo (Callejón de la Universidad), el día 28 de octubre del presente año entre las 17:00 horas hasta las 24:00 horas, con motivo de realizar una actividad de promoción de los derechos humanos.-

Montevideo, 28 de Octubre de 2010.-
 
        VISTO: la solicitud de la Unión de la Juventud Comunista para que se le conceda el uso de la peatonal Dr. Emilio Frugoni, entre Avda. 18 de Julio y la calle Guayabo (Callejón de la Universidad), el día 28 de octubre del presente año entre las 17:00 horas hasta las 24:00 horas con motivo de realizar una actividad de promoción de los derechos humanos;
        RESULTANDO: 1º) que el Municipio B presta su conformidad;
        2º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 8 de estas actuaciones;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 9 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Unión de la Juventud Comunista el uso de la peatonal Dr. Emilio Frugoni, entre Avda. 18 de Julio y la calle Guayabo (Callejón de la Universidad), el día 28 de octubre del presente año entre las 17:00 horas hasta las 24:00 horas, con motivo de realizar una actividad de promoción de los derechos humanos, condicionado a que la peticionante deberá: A) Cumplir: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, debiendo respetar la normativa ambiental vigente; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; c) con las condiciones que indica el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño en cuanto a: 1) no afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona; 2) permitir en todo momento la circulación peatonal; 3) la actividad artística no podrá extenderse más allá de las 24:00 horas y 4) no se permite en ningún momento acceder con vehículos cualesquiera sea su tipo particularmente sobre el montaje y retiro de las estructuras del evento, sobre las aceras.- B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, implementando un plan de gestión de residuos, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie o subterráneas; no utilizar los árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de tomar las medidas necesarias para un circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento. C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio B y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-