Resolución N° 588/07/4000
Nro de Expediente:
4112-011548-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/8/2007


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Admitir condicionado depósito , confección y expedición de bolsos, carteras y almohadones, Grenpal S.A.

Montevideo, 14 de Agosto de 2007.-
 
        VISTO: que Grenpal S.A., solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito, confección y distribución de bolsos, carteras y almohadones, ubicado en el predio empadronado con el Nº 81.616, sito con frente a la calle Ramón Márquez Nº 3269 bis;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 998 m2, con 57 m2 destinados a oficinas, sobre una superficie de terreno de 1.030 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito no tiene objeciones a lo solicitado, dado que la carga y descarga de mercadería se efectúa dentro del predio y sin generar inconvenientes en el tránsito de la zona;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal de la Zona Nº 15, con la conformidad de la correspondiente Junta Local, propicia su autorización destacando que no se trabaja con materiales tóxicos;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) el establecimiento supera la escala edilicia adminita por la norma (D.322) y b) propicia su autorización con las condiciones establecidas en su informe 12 de estas actuaciones;
        5º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación o regularización de establecimientos de usos no residenciales, con destinos diferentes a los admitidos por la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento -escala, lugar para carga y descarga interno del predio, etc.- siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecidos informes favorables de las Oficinas competentes;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a depósito, confección y distribución de bolsos, carteras y almohadones, ubicado en el predio empadronado con el Nº 81.616, sito con frente a la calle Ramón Márquez Nº 3269 bis, propiedad de Grenpal S.A., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        c) los residuos sólidos y líquidos deberán tratarse y eliminarse de forma al que no generen focos de insalubridad, de acuerdo a lo que establecen las oficinas competentes en materia de desagües industriales;
        d) se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
        f) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas;
        g) se obtenga el certificado del Servicio de Salubridad Pública;
        h) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.213 del Decreto Departamental Nº 28.242 (POT) en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        i) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite y
        j) se deberá ajustar a la normativa vigente en materia ambiental, tanto a nivel nacional como departamental.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 15 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-