Resolución N° 608/99/4000
Nro de Expediente:
4117-003623-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 16,8198 por no regularizar en el inmueble de la calle Inglaterra 1955.-

Montevideo, 12 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Inglaterra Nº 1955, propiedad de la Sra. María del Carmen Rosa Da Rosa, C.I. Nº 1:527.698-3;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 16,8198 U.R., según lo que establece el numeral 2, literal C, Art. 15º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 21,0247 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 16,8198 U.R. (dieciséis unidades reajustables con ocho mil ciento noventa y ocho diezmilésimas), a la Sra. María del Carmen Rosa Da Rosa, C.I. Nº 1:527.698-3, propietaria del inmueble sito en la calle Inglaterra Nº 1955, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 21,0247 U.R. (veintiuna unidades reajustables con doscientas cuarenta y siete diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-