Resolución N° 646/07/4000
Nro de Expediente:
3230-012999-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/8/2007


Tema:
PROHIBIR ESTACIONAR

Resumen:
Prohibir estacionar junto a la acera Oeste de la calle Gaboto a partir del Nº 1335.-

Montevideo, 28 de Agosto de 2007.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con los problemas circulatorios por estacionamiento de camiones en el tramo de la calle Gaboto entre José E. Rodó y Chaná;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que realizada la inspección correspondiente, se pudo constatar que junto a la acera Este de la calle Gaboto esquina José E. Rodó existe reserva de espacio para carga y descarga, sumado a que está permitido el estacionamiento en ambas aceras y el poco ancho de la calzada, hace necesario establecer prohibición de estacionar junto a la acera Oeste de la calle Gaboto, a partir del número de puerta 1355 hasta el radio de giro con la calle José E. Rodó ;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/2005, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de establecer prohibiciones de estacionamiento de vehículos en la vía pública;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer prohibición de estacionar junto a la acera Oeste de la calle Gaboto a partir del número de puerta 1335 hasta el radio de giro con la calle José E. Rodó.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento del Servicio Centro Comunal Zonal. Nª 2, al Banco de Seguros del Estado, a la Jefatura de Policía de Montevideo, a la División Comunicación, al Servicio

        de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-