Resolución N° 654/13/4000
Nro de Expediente:
3280-002587-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/12/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 25 U.R. a la Sra. Lucía Teresa Talavera López por las obras sin permiso realizadas en el inmueble de su propiedad sito con frente a la calle Carlos Lallemand Nº 1687.

Montevideo, 11 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: las obras sin permiso constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 94.298, sito en la calle Carlos Lallemand Nº 1687, propiedad de la Sra. Lucía Teresa Talavera López, C.I. 1.308.823-9 ;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que correspondería aplicar una multa de 25 U.R., según lo que establece el literal C, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs. 68, no presentándose descargos;
        CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales y de acuerdo a las Resoluciones Nos. 1770/12 y 2287/13 del 7/V/12 y 3/VI/13 respectivamente, corresponde aplicar una multa de 25 U.R.;
        2º) que por Resolución Nº 3.092/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 25 U.R. (veinticinco unidades reajustables), a la Sra. Lucía Teresa Talavera López, C.I. Nº 1.308.823-9, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 94.298 sito en la calle Carlos Lallemand Nº 1687, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Contralor de la Edificación, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo con lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-