Resolución N° 589/02/4000
Nro de Expediente:
4114-002281-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/5/2002


Tema:
FINCA RUINOSA

Resumen:
Desafectar la condición de finca ruinosa de la calle Trabajo Nº 2767.-

Montevideo, 27 de Mayo de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 151.745 del 27/VIII/80 se declararon ruinosas y con peligro de derrumbe las construcciones ubicadas con frente a la calle Trabajo No. 2767;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que, realizada inspección se ha constatado la realización de reformas de ampliación regularizadas según Permiso de Construcción Nº 164.703 aprobado el 29/VI/87, por lo que aconseja desafectarla de su carácter de ruinosa;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende conveniente proceder de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3902/00 del 23/X/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, desafectar de la declaración de finca ruinosa a los inmuebles que así hubieses sido declarados, habiendo cesado la causa que dio mérito para ello;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Desafectar de su calidad de ruinosas las construcciones ubicadas en el predio empadronado con el Nº 30.164, sito con frente a la calle Trabajo No. 2767.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para su transcripción a la autoridad local correspondiente y


        pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-