Resolución N° 60/00/4000
Nro de Expediente:
4360-003616-99
4112-001227-99
3200-002128-99

 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/1/2000


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Conceder plazo 3 meses para presentar plan de traslado de avícola Avda. Italia Nº 6537, Vadyl S.A.-

Montevideo, 12 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: el funcionamiento del establecimiento destinado a planta de faenado y venta de aves y huevos, sito en Avda. Italia N° 6537, propiedad de Vadyl S.A.;
        RESULTANDO: 1º) que dicho establecimiento fue autorizado con carácter precario y revocable, según Resolución N° 474/90 del 6/II/90;
        2°) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 8, mediante inspección, constató irregularidades en la higiene y tratamiento de los residuos, considerándola inapropiada para la zona residencial donde se implanta;
        3°) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia otorgar un plazo de 3 meses para presentar un plan de traslado de las actividades, bajo apercibimiento de procederse a la clausura del establecimiento, el cual deberá incluir: a) aprobación de la viabilidad de uso para la nueva ubicación por parte del Servicio de Contralor de Edificaciones con informe favorable de la Unidad Central de Planificación y del Departamento de Desarrollo Ambiental; b) proyecto y cronograma de obras de construcción en el nuevo predio y c) fecha de cese de actividades de faenados en el actual establecimiento;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad entre otras de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Otorgar a Vadyl S.A. un plazo de 3 (tres) meses para presentar un plan de traslado de las actividades desarrolladas en el establecimiento de su propiedad sito en Avda. Italia N° 6537, el cual deberá incluir: a) aprobación de la viabilidad de uso para la nueva ubicación por parte del Servicio de Contralor de Edificaciones con informe favorable de la Unidad Central de Planificación y del Departamento de Desarrollo Ambiental; b) proyecto y cronograma de obras de construcción en el nuevo predio y c) fecha de cese de actividades de faenados en el actual establecimiento.-
        2º.- Establecer que en caso de incumplimiento se procederá a la clausura del establecimiento.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zonal Nº 8 y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-

Arq. ROBERTO VILLARMARZO, Director General (I).-