Resolución N° 724/05/4000
Nro de Expediente:
3360-004669-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/8/2005


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar la Escola Do Zamba Urusamba el uso del espacio público ubicado en el Prado, sobre la Rambla Costanera y calle María Eugenia Vaz Ferreira, para llevar a cabo actividades de divulgación de la música de Brasil, desde el 4/IX/05 hasta el 28/II/06 inclusive, los días sábados y domingos.-

Montevideo, 18 de Agosto de 2005.-
 
        VISTO: la solicitud de Grupo Escola Do Zamba "Urusamba" para que se le conceda el uso de un espacio ubicado en el Prado, sobre la Rambla Costanera y calle María Eugenia Vaz Ferreira, para llevar a cabo actividades de divulgación de la música de Brasil, desde el mes de setiembre los días sábados y domingos a partir de las 15:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal y la Junta Local de la Zona Nº 14 informa que puede accederse a lo solicitado, desde el 4/IX/05 hasta el 28/II/06 inclusive los mencionados días de 15:00 a 20:00 horas;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar el espacio público ubicado en el Prado, frente a las hamacas, al costado del parador, sobre la Rambla Costanera y calle María Eugenia Vaz Ferreira, condicionado a que el gestionante: a) cumpla con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; b) se responsabilice de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de luminarias o carteles; c) ajuste los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, a la normativa vigente y no interfiera con el normal desarrollo del parque; d) no utilice el alumbrado público o la energía correspondiente a la Intendencia Municipal de Montevideo; e) en caso de que se realizara alguna actividad programada por parte de la Intendencia a través de sus dependencias tanto centrales como descentralizadas que coincidan con la fecha y horario autorizado, la escuela deberá suspender la actividad del día; f) no ocasione molestias a los vecinos en cuyo caso se reconsiderará la resolución adoptada; g) no se utilice estrado, ni publicidad de tipo alguno y h) realice las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3266/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de
        autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar la Escola Do Zamba Urusamba el uso del espacio público ubicado en el Prado, sobre la Rambla Costanera y calle María Eugenia Vaz Ferreira, para llevar a cabo actividades de divulgación de la música de Brasil, desde el 4/IX/05 hasta el 28/II/06 inclusive, los días sábados y domingos de 15:00 a 20:00 horas, condicionado a que: a) deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; b) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de luminarias o carteles; c) los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; d) no interferirá con el normal desarrollo del parque; e) no utilice el alumbrado público o la energía correspondiente a la Intendencia Municipal de Montevideo; f) en caso de que se realizara alguna actividad programada por parte de la Intendencia a través de sus dependencias tanto centrales como descentralizadas, que coincidan con la fecha y horario autorizado, la escuela deberá suspender la actividad del día; g) no ocasione molestias a los vecinos, en cuyo caso se reconsiderará la resolución adoptada; h) no se utilice estrado, ni publicidad de tipo alguno e i) deberá realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 14 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-