Resolución N° 607/07/4000
Nro de Expediente:
3310-018118-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/8/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 48,9753 U.R. a Hipergom Ltda., R.U.C. 21 370295 0011, propietaria del inmueble empadronado con el N° 161.589, sito en Cno. Maldonado Nº 5807.-

Montevideo, 21 de Agosto de 2007.-
 
                    VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble empadronado con el N° 161.589, sito en Cno. Maldonado Nº 5807, propiedad de Hipergom Ltda., R.U.C. 21 370295 0011;
                    RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 48,9753 U.R., según lo que establece el Art. 15º, literal c, inciso 2 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
                    CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
                    LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
                    DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
                    EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
                    RESUELVE:
                    1º.- Aplicar una multa de 48,9753 U.R. (cuarenta y ocho unidades reajustables con nueve mil setecientas cincuenta y tres diezmilésimas) a Hipergom Ltda., R.U.C. 21 370295 0011, propietaria del inmueble empadronado con el N° 161.589, sito en Cno. Maldonado Nº 5807, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
                    2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-