Resolución N° 717/07/4000
Nro de Expediente:
1007-008307-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/9/2007


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Aprobar el siguiente texto del convenio a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Montevideo, por el aporte de contenedores para la regularización de los asentamientos Boix y Merino y Cerro Norte.-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2007.-
 
                  VISTO: la política emprendida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Montevideo, tendiente a mejorar la situación habitacional de las familias que residen en los asentamientos incluidos en el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI);
                  RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Ejecutora de atención al PIAI de esta Intendencia, necesita resolver el alojamiento transitorio de diversas familias de los asentamientos Boix y Merino y Cerro Norte, por tratarse de asentamientos que se encuentran en etapa de obra en el marco de su regularización;
                  2º) que al tener conocimiento que el MVOTMA posee varios contenedores en desuso, esta Comisión le solicitó la cesión en forma definitiva y gratuita de veintiún contenedores, para ser utilizados, previo acondicionamiento, como unidades habitacionales;
                  3º) que ambos organismos han resuelto celebrar un convenio para hacer efectiva la cesión a esta Intendencia Municipal, de veintiún contenedores;
                  CONSIDERANDO:) que se estima procedente dictar resolución a los efectos de aprobar el texto del convenio a suscribirse con el MVOTMA, siendo que la Asesoría Jurídica ha aprobado el contenido de dicho convenio;
                  2º) que por Resolución No. 4304/06 del 30/X/06, se delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad, entre otras, de aprobar y suscribir convenios con Instituciones Públicas y/o privadas, con el objetivo de implementar obras, servicios y/o ampliar los recursos en los barrios que integran el Programa y/o favorecer el desarrollo del mismo
                  LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
                  DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
                  EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
                  RESUELVE:
                  1º.- Aprobar el siguiente texto del convenio a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Montevideo, por el aporte de contenedores para la regularización de los asentamientos Boix y Merino y Cerro Norte:
                  PROYECTO DE CONVENIO
                  CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el ............. de .........de 2007, entre POR UNA PARTE: el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (en adelante MVOTMA), con domicilio en la calle Zabala Nº 1432 de Montevideo, representado por el Sr. Ministro Arq. Mariano Arana; y POR OTRA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante IMM) con domicilio en Montevideo, en la Avda. 18 de Julio Nº 1360, representado por …………………………………; acuerdan en celebrar el presente Convenio: PRIMERO, ANTECEDENTES: A) En el marco de las políticas emprendidas entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Montevideo, se han iniciado acciones en conjunto en los barrios incluidos en el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI) tendientes a mejorar la situación habitacional de las familias que residen en aquellos; B) El MVOTMA posee varios contenedores en desuso, cuya utilización o recuperación no está prevista realizar a mediano ni largo plazo; C) La Comisión Especial Ejecutora de atención al PIAI de la IMM, necesita resolver el alojamiento transitorio de diversas familias de los asentamientos Boix y Merino y Cerro Norte, que se encuentran en etapa de obra en el marco de su proceso de regularización y D) La citada Comisión por nota remitida al MVOTMA solicita la cesión en forma definitiva y en carácter no oneroso de veinte contenedores para conformar unidades habitacionales, a cuyos efectos serán debidamente acondicionados por las empresas contratadas para la regularización de los asentamientos.- SEGUNDO, OBJETO: Por el presente convenio ambas partes acuerdan aunar esfuerzos a fin de resolver el alojamiento transitorio de familias que residen en distintos asentamientos incluidos en el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), para lograr de esta manera el cumplimiento de los fines del Programa.- TERCERO: OBLIGACION DEL MVOTMA: El MVOTMA se obliga a aportar veinte contenedores de su propiedad que se encuentran localizados en el predio de Bvar. Aparicio Saravia y Chon, de la ciudad de Montevideo. Dichos contenedores serán entregados a la IMM, Comisión Especial Ejecutora de atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), quien los recibirá en su estado actual de conservación para afectarlos al objeto del presente convenio.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO: La IMM se obliga: A) acondicionar, mantener y conservar los contenedores que le sean entregados por el MVOTMA aplicándolos al destino previsto en este acuerdo; B) realizar, a través de las empresas contratadas para la regularización de los asentamientos Boix y Merino y Cerro Norte, el acondicionamiento de los contenedores recibidos como unidades habitacionales de carácter transitorio, a efectos de ser utilizados en una primera etapa en los referidos asentamientos que actualmente se encuentran en proceso de regularización, y en una segunda etapa para alojar en forma transitoria y digna a familias de otros asentamientos comprendidos en el Programa de Regularización que por la ubicación de sus viviendas interfieran con el desarrollo de las obras; C) a reubicar dos de los restantes contenedores propiedad del MVOTMA ubicados en el predio sito en Bvar. Aparicio Saravia y Chon, de la ciudad de Montevideo, en el lugar que determine el MVOTMA, para ser utilizados con destino a vigilancia y D) a realizar el transporte de los contenedores que aporta el MVOTMA en el marco de este convenio al lugar donde se realice su acondicionamiento u otro destino que estime conveniente la IMM.- QUINTO: DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Las partes fijan como domicilios a todos los efectos que pudiere dar lugar el presente acuerdo los indicados como suyos en la comparecencia, aceptando desde ya que todas las comunicaciones que se deban realizar se practicarán por telegrama colacionado, fax, acta administrativa u otro medio idóneo.- Previa lectura y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados.-
                  2º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción al Coordinador General del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y al Servicio de Escribanía, y pase por su orden a la División Comunicación y a la Comisión Especial Ejecutora de Atención al PIAI.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-