Resolución N° 637/03/4000
Nro de Expediente:
4711-001274-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/6/2003


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio ampliación horaria solicita Acesur S.A.-

Montevideo, 30 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por Acesur S.A., tendiente a obtener la ampliación horaria de la reserva de espacio concedida en la calle Yaguarón Nº 1607;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 171/93 del 15/IV/93 se concedió reserva junto a la acera impar de la calle Yaguarón frente al Nº 1607, entre las calles Galicia y Cerro Largo, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00 horas y b) puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en el horario de 08:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes, debiéndose abonar mensualmente, a partir del señalamiento, la suma de 15.40 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 10 del expediente Nº 4711-001274-03;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 171/93 del 15/IV/93.-
        2º.- Conceder reserva de espacio a Acesur S.A., junto a la acera impar de la calle Yaguarón frente al Nº 1607 entre las calles Cerro Largo y Galicia, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 08:00 a 19:00 horas.-
        3°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías y estará sujeta al costo mensual de 15,4000 U.R. (quince unidades reajustables con cuatro mil diezmilésimas), dicha cifra se hará efectiva en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        4°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        5º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-