Resolución N° 601/02/4000
Nro de Expediente:
4711-002002-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/5/2002


Tema:
TRANSITO PREFERENCIAL Y FLECHAMIENTO

Resumen:
Sentido único de circulación en la calle Feliciano Rodríguez.-

Montevideo, 30 de Mayo de 2002.-
 
        VISTO: las reiteradas solicitudes de los vecinos de la calle Feliciano Rodríguez;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) dicha vía cuenta con doble sentido de circulación y un movimiento vehicular considerable y en los horarios de entrada y salida del alumnado se generan situaciones conflictivas, b) a efectos de mejorar la circulación en tales circunstancias, se entiende oportuno determinar sentido único de circulación de Oeste a Este en la calle Feliciano Rodríguez, en el tramo comprendido entre la Avda. Dr. Francisco Soca y la calle Francisco Llambí;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de establecer sentido único de circulación en la vía pública;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer sentido único de circulación de Oeste a Este en la calle Feliciano Rodríguez, en el tramo comprendido entre la Avda. Francisco Soca y la calle Francisco Llambí.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Banco de Seguros del Estado, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-