Resolución N° 661/99/4000
Nro de Expediente:
4113-022879-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/4/1999


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 28.476 del 11/III/99, imponer multa 97,9506 U.R., Roberto Márquez, obras sin permiso mpal, Bvar. Gral. -Artigas Nº 1998 apto. 501.-

Montevideo, 21 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 28.476 del 11/III/99, promulgado por Resolución Nº 1.115/99 del 5/IV/99;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 580/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Imponer una multa de 97,9506 U.R. (noventa y siete unidades reajustables con nueve mil quinientas seis diezmilésimas) al Sr. Roberto F. Márquez, C.I. Nº 936.263-1, con domicilio en la calle Roque Graseras Nº 869 apto. 501, propietario del inmueble sito en el Bvar. Gral. Artigas Nº 1998 apto. 501, por realizar construcciones sin el correspondiente permiso municipal, de acuerdo con lo que establece el literal A, numeral 4 del Art. 15º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84, actualizado en sus montos por Resolución Nº 5.830/88 del 14/VII/88.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 146,9259 U.R. (ciento cuarenta y seis unidades reajustables con nueve mil doscientas cincuenta y nueve diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el pago de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-