Resolución N° 676/04/4000
Nro de Expediente:
4114-004103-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
2/7/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 22,2615 U.R. Sr. Alberto Abella Etorena, fallas constructivas, Avda. Gral. Rivera Nºs. 2959/632.-

Montevideo, 2 de Julio de 2004.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 27.720, sito en la Avda. Gral. Rivera Nºs. 2959/63, propiedad del Sr. Alberto Abella Etorena, C.I. Nº 1:298.792-5;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se intimó la eliminación de las anomalías existentes sin que se haya regularizado la situación; b) corresponde aplicar una multa de 22,2615, según lo que establece el numeral 12, literal A, inciso d, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 29,6820 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 22,2615 U.R. (veintidós unidades reajustables con dos mil seiscientas quince diezmilésimas) al Sr. Alberto Abella Etorena, C.I. Nº 1:298.792-5, propietario del inmueble empadronado con el Nº 27.720, sito en la Avda. Gral. Rivera Nºs. 2959/632, con domicilio en la calle Hipólito Irigoyen Nº 4658 CH Malvín Alto F Torre D Apto. 612, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 29,6820 (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-