Resolución N° 603/13/4000
Nro de Expediente:
4112-015504-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/11/2013


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se admite con carácter temporal la viabilidad de uso del establecimiento destinado a fabricación y venta de artículos promocionales (uniformes y bolsos), ubicado en el predio empadronado con el Nº 12.280, sito con frente a la calle Emilia Pardo Bazán Nº 2300, propiedad de Expromar S.A.

Montevideo, 14 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: que Expromar S.A., solicita regularizar el establecimiento destinado a fabricación y venta de artículos promocionales (uniformes y bolsos), ubicado en el predio empadronado con el Nº 12.280, sito con frente a la calle Emilio Pardo Bazán Nº 2300;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 950 m2 y a edificar de 350 m2 sobre una superficie de terreno de 656 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito, con la conformidad de la División Tránsito y Transporte, informa que: a) el local se ubica dentro de la Zona A definida por Resolución Nº 2488/09 del 22/VI/09 y su modificativa Nº 1160/12 del 19/III/12; b) se declara la utilización de vehículos de bajo porte y que no reciben mercadería en contenedores; c) no cuenta con zona interna para la carga y descarga de mercadería exigible para la escala edilicia, en tanto el vehículo asociado se mantenga en el orden de lo declarado, puede admitirse como tolerancia; d) no se esperan interferencias en el tránsito de la zona y e) puede admitirse condicionado a que las tareas de carga y descarga de mercadería se realicen sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal, prohibiéndose el uso de autoelevadores y en caso de futura ampliación deberá acondicionarse el local a los efectos de contar con zona interna para la carga y descarga de mercadería;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, con la conformidad del Municipio C, no tienen observaciones que formular destacando que no existen denuncias activas por molestias;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia su autorización condicionada de acuerdo con lo informado a fs. 28 de estas actuaciones;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10 la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la ampliación o regularización de establecimientos de hasta 1500 metros cuadrados de usos no residenciales con destinos diferentes a los admitidos en la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento, siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecido informes favorables de las oficinas competentes;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter temporal, precario y revocable, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a fabricación y venta de artículos promocionales (uniformes y bolsos), ubicado en el predio empadronado con el Nº 12.280, sito con frente a la calle Emilia Pardo Bazán Nº 2300, propiedad de Expromar S.A., solicita regularizar el establecimiento destinado a condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio deberán eliminarse o limitarse al propio local; b) las operaciones de carga y descarga de mercadería deberán realizarse sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal manteniendo el vehículo asociado se mantenga en el orden de lo declarado, sin usar autoelevadores y respetando en todos sus términos lo establecido por Resolución Nº 1260/08 del 31/III/08 y las limitaciones previstas al transporte de carga dispuestas por Resolución Nº 2488/09 del 22/VI/09 y su modificativa Nº 1160/12 del 19/III/12;
        c) el estacionamiento vehicular deberá ajustarse a lo dispuesto por Decreto Nº 29.118 y sus modificativos, conforme al área declarada con destino a administración;
        d) los residuos sólidos deberán gestionarse de acuerdo con la normativa vigente contenida en los Arts. D.1896 a D.1928 del Volumen VI del Digesto y la reglamentación dada por Resolución Nº 5383/12 del 3/XII/12;
        e) se obtengan los certificados de la Dirección Nacional de Bomberos, del Ministerio de Salud Pública y de los Servicios de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental;
        f) en caso de que se produzcan en el futuro ampliaciones deberá acondicionarse el local a los efectos de contar con zona interna para la carga y descarga de mercadería;
        g) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas;
        h) no se depositen productos que a juicio de la Dirección Nacional de Bomberos y del Servicio de Salubridad Pública puedan producir riesgos o perjuicios al medio ambiente;
        i) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.205, Volumen IV "Plan Ordenamiento Territorial, Urbanismo" del Digesto, en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        j) la interesada deberá presentar dentro de un plazo de 3 (tres) meses, la correspondiente habilitación o tarjeta de inicio del trámite y retirar el duplicado de este trámite;
        k) contará con un plazo de hasta 2 (dos) años a partir de la presente aprobación, para realizar la ampliación declarada, con un área de 350 m2;
        l) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local no implicando autorización para la ocupación de zonas afectadas por ensanche y retiros y
        m) se dará cumplimiento a la normativa ambiental vigente sobre efluentes líquidos a nivel nacional (Decreto Nº 253/79 y modificativos) y departamental (Decreto Nº 13.982 y Res. Nos. 761/96, 117/97 y 162/97).-
        2º.- Comuníquese al Municipio C, a las Divisiones Tránsito y Transporte y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 3, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental y pase al Servicio de Contralor de la Edificación para su notificación.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-